🔵| NORMATIVA SAPD

REQUISITOS PRINCIPALES
  • Tener mínimo 21 años y máximo 45 años (De manera OOC deberán tener un mínimo de 18 años).

  • Tener nacionalidad Americana o Extranjera con papeles.

  • No contar con tatuajes, perforaciones y color de cabello fuera de lo común.

  • Contar con permiso de armas y examen psicológico en orden.

  • Mantener su permiso de conducir vigente.

  • No contar con antecedentes penales o procesos judiciales abiertos.

  • Medir 1,75 (Hombres) y 1,65 (Mujeres).

Presentación de Solicitud

Como primera instancia deberán entrar en el servidor de DC correspondiente, abrir ticket y otorgar la información que se te solicite.

Para realizar la pruebas teóricas el aspirante deberá presentarse el día que sea citado por un alto cargo, se le realizará una entrevista general y el examen teórico. Si el aspirante logra pasar las pruebas teóricas será asignado a “Agente en Pruebas” donde un instructor (Alto Mando) evaluará durante una semana al aspirante, al terminar su periodo de prueba se decidirá si el aspirante es apto para pertenecer al Departamento de Policía de Los Santos.

INFORMACIÓN PRINCIPAL
  • Los policías deben actuar de manera justa con todas las personas, independientemente su cultura o lugar de procedencia.

  • Los oficiales deben mantener el respeto hacia los ciudadanos y hacia los compañeros en todo momento.

  • Los agentes tienen la responsabilidad de mantener en perfecto estado sus elementos de trabajo (Vehículos, armamento, etc.)

  • El oficial debe prepararse completamente antes de entrar en servicio y depositar todo en su lugar al salir de este.

  • El oficial debe cumplir con sus condiciones físicas y psíquicas para cumplir con sus funciones en todo momento.

  • Todos los agentes deben cumplir con la división jerárquica, siendo los rangos más altos los que pueden ejercer órdenes sobre los rangos inferiores.

  • Cada uno de los oficiales deberá cumplir con el código de vestimenta adecuado.

  • No deberán portar gorras no correspondientes a la dependencia policial ni prendas que muestren informalidad al uniforme.


NORMATIVA INTERNA

Artículo 1: Todos los policías tendrán que portar su identificación, y deberán indicar su número de placa a cualquier ciudadano que se lo solicite.

Artículo 2: Queda estrictamente prohibido pertenecer a bandas, mafias o cualquier grupo criminal, la corrupción o cualquier actividad ilícita tanto dentro como fuera de servicio será motivo de expulsión del departamento y arresto perpetuo (CK Administrativo).

Artículo 3: Queda prohibido el no apoyar para brindar asistencia medica a los civiles o compañeros.

Artículo 4: Queda prohibido cualquier falta de respeto entre compañeros o hacia algún civil. Deberán mantener la formalidad tanto dentro como fuera de servicio.

Artículo 5: Se debe solicitar el permiso para ingresar a cualquier despacho o sala privada.

Artículo 6: Todos los oficiales deberán portar el uniforme correspondiente en función de la situación en la que se encuentren.

Artículo 7: Los oficiales deberán usar las armas que portan de manera correcta.

Artículo 8: Se permitirá el uso de portación de arma reglamentaria fuera de servicio, sin embargo, si el arma se ve involucrada en cualquier delito u situación comprometedora en la cual el oficial pueda salir perjudicado se tomaran medidas pertinentes. (Se debe informar en todo momento situaciones que ocurran con su arma reglamentaria)

Artículo 9: Los oficiales deberán respetar las normas de circulación, sin embargo, si se trata de una emergencia es necesario acudir con las señales visuales y auditivas correspondientes.

Artículo 10: Siempre se deberá patrullar en binomios, sin importar el nivel de alerta que tenga la ciudad. Los rangos como (CADETE, OFICIAL I Y OFICIAL II) deberán patrullar acompañados de rangos superiores.

Artículo 11: Los oficiales deberán valorar tanto la vida de los compañeros como la vida de los civiles tomando en cuenta las ventajas y desventajas de la situación en la que se encuentren.

Artículo 12: Todos los oficiales están autorizados a solicitar a un civil que se identifique si dicha persona levanta sospechas o realiza alguna actividad sospechosa. El departamento de policía cuenta con la potestad para cachear o registrar a cualquier ciudadano para buscar cualquier objeto ilegal o peligroso, siempre y cuando exista un motivo que lo justifique.

Artículo 13: Los oficiales están autorizados a utilizar armas de fuego, siempre y cuando su uso sea imprescindible para salvaguardar la integridad de sus compañeros o los ciudadanos. Siempre deberán intentar resolver la situación sin priorizar el uso de armas de fuego.

Artículo 14: Los oficiales están autorizados para ingresar en cualquier establecimiento o lugar donde se cometa un delito, siempre y cuando se negociara previamente o hayan pasado 10 minutos desde el comienzo de estas sin llegar a un acuerdo o entendimiento.

Artículo 15: Todos los oficiales deberán informar al detenido sus derechos correspondientes.

Artículo 16: Toda persona que sea detenida deberá ser registrada antes de acceder a las inmediaciones policiales. El agente cuenta con autoridad suficiente para retirar cualquier arma de fuego o arma blanca durante el cacheo del detenido, podrán ser devueltas al salir siempre y cuando no hayan sido utilizadas durante un acto delictivo.

Artículo 17: El oficial que este a cargo de la detención deberá quitar todos los objetos con los cuales el detenido pueda tener comunicación, sin embargo, deberá dejar que el detenido ejerza su derecho a una llamada en presencia de un agente.

Artículo 18: Ningún oficial podrá otorgar el permiso a los detenidos de recibir visitas en cualquier espacio del Departamento de Policía.

Artículo 19: No se permitirá iniciar una investigación por cuenta propia y sin una autorización previa.

Artículo 20: Cualquier comportamiento fuera de lo normal deberá ser consultado y aprobado por los altos mandos.

Artículo 21: El uso de armas y vehículos especiales estará reservado solo para personas con licencia o autorización previa, siempre manteniendo en cuenta a situación que haya de por medio.

Derechos de Civiles

Como parte del protocolo al realizar una detención el oficial encargado deberá efectuar la lectura de derechos, es importante recordar que dicho procedimiento deberán hacerlo cuando el sujeto este esposado, dentro o fuera del vehículo policial y antes de ingresar a las inmediaciones policiales. En casos donde la vida del oficial o el detenido estén en peligro, la lectura de derechos podrá realizarse en la inmediación policial.

Niveles de Alerta

Los niveles de alerta se utilizan para medir el nivel de disponibilidad y defensa de el departamento de Policía. Estos se adecúan en función de la tasa de criminalidad que hay en la ciudad.

Alerta Azul

Policía no disponible por evento oficial organizado por el Staff. En la ciudad estará prohibido cometer actos ilegales de cualquier índole.

Reconocimiento por Vestimenta

Un personaje podrá ser reconocible luego de un acto delictivo si lleva las mismas ropas con la que ha sido visto y detallado en /entorno, sin embargo, si al menos el 50% de su ropa ha cambiado (haciendo énfasis como parte más visible la ropa del torso), no será reconocible como el autor del delito.

Con respecto a las máscaras, aquí su funcionalidad;

• Una máscara completa, cubrirá en su totalidad todo tipo de rasgos de tu personaje haciéndolo irreconocible (rasgos faciales, cicatrices, etc.)

• Una máscara parcial (ej. bandanas, barbijos) No te hará del todo irreconocible, la misma no cubre el rostro en su totalidad dejando al descubierto cabello, rasgos faciales prominentes y color de ojos, Sin embargo, sí será irreconocible si estos son combinados con una gorra y/o gafas.

Reconocimiento por Vehículo

El método de identificación de un vehículo será por su Matricula. No podrá ser reconocido por colores usuales en vehículos, pero si con colores extravagantes (verdes chillones, morados, etc.).

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